Herencia vs Donación de vivienda: Quel est le meilleur?

Muchos de nuestros clientes se preguntan: ¿Qué es mejor, dejar la vivienda en herencia o hacer una donación en vida? Estas dudas son frecuentes entre los padres que desean asegurar el futuro de sus hijos cuando ellos ya no estén. A pesar de existir estas dos alternativas, la mayoría de los españoles sigue optando por dejar en herencia la vivienda. te mostramos las ventajas e inconvenientes de la herencia y la donación.

En este post vamos a explicar cuál de las dos opciones es más recomendable y por qué.

Diferencias entre una herencia y una donación de vivienda:

La diferencia más evidente es que una herencia se realiza por causa de fallecimiento, mientras que la donación se efectúa en vida. Asimismo, en una donación se requiere un acuerdo entre las partes, en el cual el propietario cede de manera gratuita su propiedad. En estos casos, el donado recibe la propiedad de inmediato, aunque el donante puede reservarse el derecho de usufructo vitalicio para seguir viviendo en la vivienda hasta su fallecimiento.

Un aspecto relevante es que si recibimos una vivienda por donación, pagaremos más impuestos que en una herencia.

Impuestos en cada caso:

Si recibimos una vivienda por herencia, los impuestos a pagar son:

Impuesto de sucesiones y donaciones; Se paga tras la adjudicación de una herencia, siendo un tributo que se paga en la Comunidad Autónoma del fallecido. En el caso de Cataluña, tiene una bonificación del 99%, si se trata del cónyuge o hijos del fallecido.

– Plus-values ​​municipales; Grava el valor catastral del suelo desde el momento de su primera adquisición hasta que se hereda. Si se trata de la vivienda habitual, tendrá ciertas bonificaciones.

En el caso de donación de una vivienda, deberemos pagar los siguientes impuestos:

Impuesto de Sucesiones y Donaciones; Se trata de una donación inter vivos, siendo el receptor quien pague el tributo. El cálculo de este impuesto es similar al de la herencia, tomando como referencia el valor real de los bienes y derechos transmitidos. Se paga en la Comunidad Autónoma donde resida el receptor.

– Plus-values ​​municipales: Debemos pagar la plusvalía igual que en las herencias, pero en las donaciones no hay bonificaciones y quien tributa es el donatario.

– IRPF: El pago de este impuesto corresponde a la parte que ha recibido la donación, ya que ha experimentado un incremento patrimonial que deberá incluir en la Declaración de la Renta.

Ahora que conocemos qué impuestos debemos pagar en cada caso, consideramos que la opción más rentable es dejar la vivienda en herencia, ya que en la donación el donatario deberá pagar una tasa impositiva más alta y no podrá disfrutar de bonificaciones.

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